Por medio de la constitución de 1991, se le dio el derecho participativo a los Colombianos, todos los Colombianos tienen el libre derecho a participar en la toma de decisiones. Según el articulo 103 de la constitución política los mecanismos de participación son:
El voto:Todos los colombianos mayores de 18 años tienen el derecho de votar y así elegir quien crean que los represente mejor en determinados cargos públicos o políticos.
El referendo: Es la manera mediante la cual los ciudadanos(as) tienen el derecho de protestar o estar a favor de una norma, los tres tipos de referendo que existen son:

El plebiscito: Es la revolución del pueblo la cual es convocada por el presidente, para apoyar o rechazar una determinada decisión del ejecutivo.

La consulta popular: Los gobernadores y alcaldes acuden ante el pueblo para conocer sus expectativas respecto a un determinado tema y así el gobernante tomara sus decisiones teniendo en cuenta los ideales del pueblo.
El cabildo abierto: Es la reunión publica de los consejos donde los habitantes pueden participar directamente para discutir asuntos comunitarios.

Iniciativa legislativa: Es el derecho que tienen los ciudadanos de presentar proyectos ante el congreso.
Revocatoria del mandato: Así como los colombianos tienen derecho de elegir a sus representantes también pueden destituirlo de su cargo si no cumplen sus propuestas.

Mecanismos constitucionales:
Para la protección de los derechos humanos:
El derecho de petición: Es el derecho que tiene toda persona de presentar de presentar solicitudes respetuosas ante las autoridades o cualquier organización.
Solicitud de petición de información: Es la petición que se le hace a las autoridades para que conozcan como han actuado en algún caso.

Peticiones de interés particular o general: Cuando se hace llegar a las autoridades una solicitud con la idea de que se tomen medidas.
Consultas: Se presenta una petición a las autoridades para que manifiesten sus atribuciones.

Quejas: Manifestación que se hace a las autoridades sobre las malas conductas de servidores públicos.
Reclamos: Cuando se manifiesta algo injusto o el mal servicio de trabajadores públicos.
Manifestaciones: Es la opinión de una persona que se hace llegar a la autoridades sobre una materia sometida a una actuación administrativa.

Habeas corpus: Se encarga de proteger el derecho a la libertad, interviene cuando una persona es capturada injustamente.
Habeas Data: Es el derecho que tienen las personas de conocer, rectificar o actualizar informaciones que contengan sus datos tanto en entidades publicas como privadas.

Acción de tutela: Es la protección de los derechos fundamentales cuando estos son vulnerados o amenazados.

Acción de cumplimiento: Es la acción por la cual toda persona puede hacer efectivo el cumplimiento de normas.

Acción de grupo: Es muy similar a las acciones populares, con la diferencia de que este se encarga de proteger a mínimo veinte personas que han sido afectadas por la misma causa.

El voto:Todos los colombianos mayores de 18 años tienen el derecho de votar y así elegir quien crean que los represente mejor en determinados cargos públicos o políticos.
El referendo: Es la manera mediante la cual los ciudadanos(as) tienen el derecho de protestar o estar a favor de una norma, los tres tipos de referendo que existen son:

El plebiscito: Es la revolución del pueblo la cual es convocada por el presidente, para apoyar o rechazar una determinada decisión del ejecutivo.

La consulta popular: Los gobernadores y alcaldes acuden ante el pueblo para conocer sus expectativas respecto a un determinado tema y así el gobernante tomara sus decisiones teniendo en cuenta los ideales del pueblo.
El cabildo abierto: Es la reunión publica de los consejos donde los habitantes pueden participar directamente para discutir asuntos comunitarios.

Iniciativa legislativa: Es el derecho que tienen los ciudadanos de presentar proyectos ante el congreso.
Revocatoria del mandato: Así como los colombianos tienen derecho de elegir a sus representantes también pueden destituirlo de su cargo si no cumplen sus propuestas.

Mecanismos constitucionales:
Para la protección de los derechos humanos:
El derecho de petición: Es el derecho que tiene toda persona de presentar de presentar solicitudes respetuosas ante las autoridades o cualquier organización.
Solicitud de petición de información: Es la petición que se le hace a las autoridades para que conozcan como han actuado en algún caso.

Peticiones de interés particular o general: Cuando se hace llegar a las autoridades una solicitud con la idea de que se tomen medidas.
Consultas: Se presenta una petición a las autoridades para que manifiesten sus atribuciones.

Quejas: Manifestación que se hace a las autoridades sobre las malas conductas de servidores públicos.
Reclamos: Cuando se manifiesta algo injusto o el mal servicio de trabajadores públicos.
Manifestaciones: Es la opinión de una persona que se hace llegar a la autoridades sobre una materia sometida a una actuación administrativa.

Habeas corpus: Se encarga de proteger el derecho a la libertad, interviene cuando una persona es capturada injustamente.
Habeas Data: Es el derecho que tienen las personas de conocer, rectificar o actualizar informaciones que contengan sus datos tanto en entidades publicas como privadas.

Acción de tutela: Es la protección de los derechos fundamentales cuando estos son vulnerados o amenazados.

Acción de cumplimiento: Es la acción por la cual toda persona puede hacer efectivo el cumplimiento de normas.
Acción Popular: Es un medio judicial encargado de la protección de los derechos e intereses colectivos.

Acción de grupo: Es muy similar a las acciones populares, con la diferencia de que este se encarga de proteger a mínimo veinte personas que han sido afectadas por la misma causa.









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